Reclamación por atropellos de especies cinegéticas
19 de Marzo de 2021

El Tribunal Constitucional tumba el artículo de la Ley de Seguridad Vial que responsabilizaba a los conductores de los daños por atropellos de especies cinegéticas si no mediaba acción de caza. A partir de ahora se puede reclamar contra el coto, particular, Administración o titular de la carretera, independientemente de si hay cacería o no. En la práctica se vuelve a la situación anterior: el conductor puede reclamar siempre que no estuviera conduciendo de forma negligente.

Mas información en el siguiente enlace:https://delajusticia.com/wp-content/uploads/2018/11/STC-112.pdf


https://www.reclamacionaccidentesasturias.es/es/

    Reclamación por atropellos de especies cinegéticas
    Share by: